Segunda oportunidad con plan de pagos: el banco que no impugnó la lista de acreedores solo cobra la mitad de la hipoteca como privilegiada
La Sección 5ª de la Audiencia de Sevilla (sentencia 420/2026) confirma que la exoneración con plan de pagos se ajusta a la clasificación de la lista de acreedores: si el banco no la impugnó, solo la mitad de la hipoteca es crédito privilegiado no exonerable.
